domingo, 6 de abril de 2025

Los glosadores y la filosofía

°Resumen del tema
Los glosadores fueron juristas medievales con gran dominio del Derecho, pero sin formación ni interés por la filosofía. Su visión partía del Derecho justinianeo, que consideraban válido para un Imperio renovado, pero no abordaban cuestiones filosóficas. A diferencia de corrientes como la de Santo Tomás de Aquino, los glosadores no ofrecían reflexiones profundas en sus comentarios, sino explicaciones literales o ingenuas de los textos jurídicos. Un ejemplo es la Glosa Magna de Acursio, que compila el trabajo de sus predecesores sin una verdadera interpretación filosófica. En contraste, los canonistas y decretistas sí tenían formación teológica, influenciados por autores como Isidoro de Sevilla y los Padres de la Iglesia.


1 comentario:

  1. Durante los siglos XII y XIII, convivieron en Europa distintas formas de Derecho: el Derecho romano (Corpus iuris civilis), el Derecho canónico (Corpus iuris canonici) y el Derecho germánico y feudal, basado en costumbres ancestrales. Aunque algunos juristas lo despreciaban, como Odofredo, el Derecho consuetudinario seguía vigente, sobre todo en instituciones como el feudo.

    Se creía que el rey debía respetar esas costumbres, ya que eran expresión del consenso del pueblo. Esta idea, defendida por pensadores como Manegold de Lautenbach y Bracton, establecía que si el rey rompía el pacto con el pueblo, perdía su legitimidad.

    En Inglaterra, esta visión se fortaleció con la Carta Magna de 1215, donde se reconocía que incluso el rey estaba sometido a la ley. Así nació el germen del constitucionalismo moderno: la noción de que el poder debe tener límites y que la ley no es lo que el príncipe quiere, sino lo que ha sido acordado por la sociedad.

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