domingo, 6 de abril de 2025

El Retorno a la Concepción Romano-Imperial de la Ley: La Búsqueda de la Unidad Legal

 

Tras la caída del Imperio Romano de Occidente en el año 476, Europa Occidental experimentó una fragmentación política que conllevó el auge de reinos germánicos y la sustitución progresiva del derecho romano por sistemas de derecho consuetudinario. No obstante, esta ruptura no fue absoluta: el derecho romano, junto con sus principios organizativos, siguió presente, especialmente a través de compilaciones visigodas como el Breviarium Alarici y de ciertos textos eclesiásticos que mantenían viva la idea de la lex como expresión de un orden racional y universal. Sin embargo, sería con el renacimiento del Imperio Carolingio y la coronación de Carlomagno en el año 800 cuando se intentaría de forma más clara una restauración del modelo romano-imperial de ley, tanto simbólicamente como en la práctica jurídica.

Coronación de Carlomagno y el renacer del Imperio Romano

El 25 de diciembre del año 800, el papa León III coronó a Carlomagno como “Emperador de los Romanos” en Roma. Este evento no fue solo una legitimación religiosa del poder político, sino una declaración simbólica: el intento de restaurar la unidad política, espiritual y jurídica del viejo Imperio Romano bajo un nuevo orden cristiano. Carlomagno asumió así no solo la autoridad de un monarca germánico, sino el rol de un emperador romano-cristiano, con deberes que incluían la defensa de la fe, la promulgación de leyes y la garantía de la justicia universal.

La coronación implicaba también el retorno a la concepción romano-imperial de la ley, es decir, aquella visión en la que la ley no se entendía como una simple expresión de la costumbre local, sino como una manifestación racional, escrita y universal del poder del soberano. Tal como en el Imperio Romano, donde el emperador era legibus solutus (libre de las leyes, pero fuente de ellas), Carlomagno pasó a ocupar una posición central en la producción legal, emitiendo leyes conocidas como capitulares, que buscaban armonizar las distintas tradiciones jurídicas existentes (germánicas, romanas y eclesiásticas) bajo un marco común (Reynolds, 2019).

Los capitulares carolingios y el uso del derecho romano

Los capitularios fueron la herramienta legislativa principal del poder carolingio. Emitidos por Carlomagno y sus sucesores, consistían en ordenamientos de carácter general o local que trataban temas civiles, penales, religiosos, administrativos y judiciales. Aunque muchas veces respondían a necesidades prácticas inmediatas, también incorporaban principios del derecho romano tardío, especialmente en materia de organización institucional, nociones de autoridad pública y la centralidad del soberano como garante de la justicia.

Un ejemplo paradigmático es el Capitulare de villis, un documento administrativo que regula la gestión de las propiedades imperiales. Allí se percibe un espíritu típicamente romano: el control centralizado, el énfasis en la escritura y la normatividad jerárquica como pilares de una administración racionalizada. En este sentido, los carolingios, al tiempo que respetaban las costumbres de los distintos pueblos, establecieron un marco general que evocaba el orden normativo romano, tratando de imponer la idea de un derecho común para todo el imperio (Martínez García, 2020).

Autoridad imperial y ley universal

En la concepción romano-imperial, el emperador no solo era el primer magistrado del imperio, sino también el principal legislador. Carlomagno retomó esta idea al concebir su papel como vicarius Dei (vicario de Dios en la Tierra), responsable de ordenar el mundo cristiano tanto en lo espiritual como en lo legal. La ley, por tanto, no era un simple reflejo de los intereses locales, sino un instrumento de unidad política y moral, al servicio de la cristiandad.

Este ideal se refleja en textos como la Admonitio Generalis (789), donde se fusionan normas religiosas con disposiciones legales civiles. El propio Carlomagno declaraba que su imperio debía ser uno donde “la justicia y la corrección” imperaran en todas partes, siguiendo la ley divina y la tradición de los padres. Esta concepción de la ley como un sistema universal, jerárquico y escrito, se inspira directamente en el modelo romano y proyecta una noción de imperio como unidad jurídica (Zamora
Navia, 2015).

Influencia en el pensamiento jurídico posterior

Aunque el Imperio Carolingio se fragmentó tras la muerte de Carlomagno, su ideal jurídico perduró. La idea de un derecho común inspirado en Roma influyó en la posterior renovación del derecho romano en el siglo XII, cuando el Corpus Iuris Civilis de Justiniano fue redescubierto y sistematizado en Bolonia. Muchos conceptos centrales del derecho medieval —como el rol del legislador, la superioridad de la ley escrita, la noción de orden jurídico universal— encuentran su germen en esta síntesis carolingia entre el cristianismo y el legado romano.

Asimismo, la noción de que el emperador debía gobernar bajo el mandato divino, proteger a la Iglesia y promover la justicia —todo ello a través de leyes escritas y estables— se convertiría en el fundamento teórico de la teología política del Sacro Imperio Romano Germánico, donde la figura del emperador heredaba directamente la misión de Carlomagno.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Ahern, M. de L. (1954). Alcuin and the Schools of the Carolingian Age (Doctoral dissertation). Fordham University. ProQuest Dissertations Publishing.

Britannica. (s.f.). Carolingian Renaissance. En Encyclopædia Britannica. https://www.britannica.com/event/Carolingian-Renaissance

Britannica. (s.f.). Hincmar of Reims. En Encyclopædia Britannica. https://www.britannica.com/biography/Hincmar

Catholic Encyclopedia. (1910). Blessed Maurus Magnentius Rabanus. En The Catholic Encyclopedia (Vol. 12). Robert Appleton Company. https://www.newadvent.org/cathen/12611b.htm

Cruz Barney, O. (2022). Historia del derecho mexicano (7.ª ed.). Oxford University Press.

Kramer, R. (2017). The exemption that proves the rule: Autonomy and authority between Alcuin, Theodulf and Charlemagne (802). Medieval Worlds, 6, 231–261. https://doi.org/10.1553/medievalworlds_no6_2017s231

Martínez García, A. (2020). El concepto de ley en el pensamiento político del Renacimiento Carolingio. Revista de Estudios Políticos, (189), 59–92. https://www.cepc.gob.es/sites/default/files/2021-12/8249rep111045.pdf

Reynolds, P. L. (Ed.). (2019). Great Christian Jurists and Legal Collections in the First Millennium. Cambridge University Press. https://doi.org/10.1017/9781108561552

Revistas UPB. (2021). Isidoro de Sevilla: Sabiduría antigua en tiempos de transición. Revista Institucional Universidad Pontificia Bolivariana. https://revistas.upb.edu.co/index.php/revista-institucional/article/view/3345

Wikipedia. (s.f.). Historia del derecho. En Wikipedia, la enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_del_derecho

World History Encyclopedia. (s.f.). Literatura medieval. https://www.worldhistory.org/trans/es/1-17990/literatura-medieval/

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